Escribe Walter Ernesto Celina
14.04.2013
El Uruguay factoría va enterrando
a pasos agigantados al bucólico Uruguay
natural.
El país de puertas abiertas y gendarmería dormida, que cambia concesiones
jugosas por empleos temporales, tiene bastante que ver con los canjes de
espejitos. Y con la retrogradación en funciones esenciales de un Estado que no
aprecia las virtudes de la soberanía.
La reciente iniciación de un expediente judicial ilustra acerca de la
peligrosísima contaminación del recurso agua.
La dramaticidad del problema muestra la pata de palo del oficialismo
frenteamplista.
El Juzgado Letrado de 1ra. Instancia en lo Civil de turno recibió el
pedido de una “medida preparatoria,
previa a deducir una eventual pretensión de protección del medio ambiente y de
ordenamiento ambiental del territorio.”
La pregunta que surge es la de quiénes han sido ubicados en la primera
línea del requerimiento. La acción se ha promovido -desde la Fiscalía Civil de
3er. Turno- contra el Estado y se endereza al Poder Ejecutivo y al Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Un aparato que financia
ilusiones y poco construye; que ordena papeles y que se ocupa de lo ambiental
desde el pelotón de los rezagados, con las dificultades de visión de un tuerto.
AGUA POTABLE Y MATRIZ PRODUCTIVA
La exposición comienza con el planteo de una circunstancia fáctica muy
clara: “Los habitantes de
la República están perdiendo la posibilidad de acceso al agua potable
suministrada por el Estado, y, pese a estar obligado por la Constitución de la
República, desde el Estado no se estarían adoptando todas aquellas medidas
preventivas y precautorias para que tal catastrófico daño no acontezca.
Sucede que, a
partir de los significativos impactos ambientales ocasionados por el llamado
“cambio de la matriz productiva del país”, -tal cual ha sido reconocido por
las propias autoridades del Servicio
Descentralizado Obras Sanitarias del Estado OSE-, la calidad de los recursos
hídricos del país se encuentra seriamente afectada, y, con ello, queda
cuestionado el suministro de agua potable a las poblaciones.
Se le llama
“cambio de la matriz productiva de país” al manifiesto impulso que, desde hace
algunos años, el mismo Estado viene dando a la instalación en el territorio
nacional de diversas inversiones extranjeras como son la forestación, la
industria de la celulosa, la agricultura de transgénicos, la mega-minería de
hierro y oro a cielo abierto, el fracking, etc.. Todas estas actividades tienen
un denominador común: ocasionan significativos impactos negativos sobre el
agua, es decir, consuman un pesado pasivo ambiental respecto de un recurso
natural esencial para la vida.
Y así lo vienen
demostrando repetidos episodios vinculados a la contaminación por la presencia
de bacterias tóxicas (cianobacterias) en las aguas del Río Santa Lucía. No son
los únicos casos. Lo mismo está ocurriendo con relación a las aguas de los Ríos
Uruguay y Negro y de otros tantos recursos hídricos. Se reiteran cada vez con
mayor frecuencia e intensidad.”
FACTORES E IMPACTO DE LA DEGRADACIÓN AMBIENTAL
Luego de apoyarse en la opinión científica de distinguidos profesores de
la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República, recuerda la admisión
por integrantes del gobierno de los efectos negativos para la salud humana de
las algas tóxicas.
Sostiene que la degradación ambiental acontece, asimismo, por otros
factores, mencionando el aporte a los cursos de agua de residuos cloacales,
domiciliarios e industriales.
El 60% de la población del Uruguay se abastece con el agua suministrada
por OSE desde el Río Santa Lucía. La potencial aparición y expansión de las
cianobacterias es un asunto sanitario de honda repercusión social y cuestión
que dispara el debate.
Los cultivos transgénicos, anota el alegato, rodean la Laguna del Cisne
(situada entre las Rutas 8, 11, 87 y 34). De esta fuente OSE toma, para la
Usina de Salinas, el líquido que provee a gran parte de la Costa de Oro, en
Canelones.
LA OMISIÓN Y EL DEBER
Ante contingencias relevantes como las anotadas, el letrado indaga sobre “qué actuaciones administrativas y qué
medidas tuitivas, preventivas y precautorias ha venido adoptando el Ministerio
de Estado, encargado directamente de la protección ambiental, de la protección
del agua y de los recursos hídricos y del ordenamiento ambiental del
territorio: el MVOTMA.” Recuerda
que “el acceso al agua potable es un
derecho humano”, anotando en otro párrafo, que su pérdida o menoscabo “perjudica principalmente a la población más humilde, cuya vida y salud
dependen de “beber el agua de la canilla”, que es suministrada con exclusividad
desde el propio Estado.”
Ignorándose qué haya hecho el Ministerio del largo nombre y si está
ejerciendo sus cometidos funcionales, a los que está jurídicamente obligado,
inquiere acerca de si dispuso “los respectivos
estudios y evaluaciones de impactos ambientales, ordenamientos ambientales del
territorio, planificaciones y deberes territoriales, áreas de protección de las
cuencas hidrográficas, restricciones, prohibiciones, suspensiones, inhibiciones
o prioridades de uso del agua por regiones, medidas cautelares, etc., todo para
el correspondiente cuidado de las fuentes hídricas desde las cuales el propio
Estado se aprovisiona para el suministro de agua potable a los habitantes de la
República.”
Luego, produce un acopio de documentación y detalla las normas de distinto
rango que concurren a fundamentar el accionamiento, sin excluir aspectos coadyuvantes
de la doctrina aplicable.
La Fiscalía Civil de 3er. Turno, ajustándose una vez más a su
competencia, asume la defensa precautoria del interés público.
Obviamente esta voz, que como la de otros Fiscales levanta bisbiseos
palaciegos, asume una tradición uruguaya muy honrosa: la de manifestarse sin
tutela, sin miedo y con independencia de los factores de gobierno.
Es que los cargos públicos -cualquiera ellos sean- deben ser de honor y
empeño por la República, como lo exigiera José Artigas.-
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